| Atribuciones de la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC) |
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• Atender y orientar a quienes formulen peticiones a la Contraloría, relacionadas con su ámbito de control, a fin de informarles, verbalmente o por escrito, acerca de los requisitos del trámite, las oficinas o dependencias competentes, su ubicación, los funcionarios responsables y la duración del trámite. • En los casos en que existan criterios de la Contraloría, que hayan sido publicados o hechos del conocimiento público sobre un asunto objeto de consulta, la Oficina de Atención al Ciudadano, podrá informar al solicitante la existencia de dichos criterios, en forma verbal o por escrito. • Recibir, valorar y admitir cuando sea procedente, las denuncias, quejas, reclamos, peticiones y sugerencias formuladas por los ciudadanos a la Contraloría, a fin de remitirlas a la Dirección correspondiente. • Remitir cuando sea procedente, las denuncias, quejas, reclamos y peticiones, a aquellos entes y organismos que tengan competencia para conocer de las mismas. • Informar a los interesados acerca de los resultados de las denuncias, quejas, reclamos, peticiones y sugerencias formuladas por los mismos. • Ordenar, dirigir y sistematizar las denuncias, reclamos, sugerencias y peticiones presentadas por ante la Contraloría. • Llevar un registro actualizado de todas las denuncias, quejas, reclamos, sugerencias y peticiones presentadas, su estado, así como de los resultados de las tramitaciones efectuadas. • Atender las iniciativas viables de la comunidad en el proceso de participación ciudadana en el control fiscal. • Establecer estrategias de promoción de la participación ciudadana para coadyuvar a la vigilancia de la gestión fiscal. • Promover la educación como proceso creador de la ciudadanía. • Las demás que le confiera la Ley.
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